plazos

Si algo hay importante en la Administración eso es sin duda el cumplimiento de los plazos. En concreto, a la hora de presentar documentación referida a las obligaciones fiscales y tributarias debemos tener en cuenta las consecuencias que puede acarrear el presentar nuestra declaración fuera del plazo previsto.

 

La Administración tributaria desglosa estas situaciones según su gravedad, si ha existido requerimiento previo, el tipo de declaración, etc,.., por eso las tres situaciones más habituales son las que dan pie a las siguientes dudas.

 

¿Y si no presento dentro del plazo debido una declaración?

Como norma general existe una sanción económica de 200 euros, que podrán ser 400 euros en caso de tratarse de declaraciones censales, en otro tipo de declaraciones, como las informativas, podemos incurrir en infracción por la falta de datos obligatorios en la declaración, ateniéndonos a sanciones de entre 300 y 20.000 euros.

Más leve es la sanción si la infracción se basa en la falta de comunicación de un domicilio de persona física sin actividad económica alguna: 100 euros.

 

¿Cuál es la consecuencia de solicitar devoluciones de forma indebida?

Esta infracción puede darse bien por el falseamiento de una declaración, o bien por la omisión de información; en todo caso, supone una sanción del 15% de la cantidad supuestamente solicitada irregularmente.

 

¿Existe sanción si presento mi declaración fuera de plazo?

La “clave” en este caso es que haya existido un requerimiento previo por parte de Hacienda. De no ser el caso, y si resulte un ingreso a la Hacienda Pública NO EXISTE SANCIÓN ECONÓMICA PERO SÍ UN RECARGO, el cual puede ir del 5 al 20 % de la cantidad a ingresar en función del  retraso con el que se presente esta declaración.

 

Si tienes dudas respecto a este tema, puedes hacer tus consultas en Ábaco, tenemos profesionales a tu disposición.

 

 

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